Charles-François
Daubigny (1817- 1878) Aldea sobre el Sena
cerca de Vernon (1872)
Dice
el Diccionario de la RAE que por
‘paisaje’ debemos entender:
1. m. Parte de un territorio
que puede ser observada desde un determinado lugar.
2. m. Espacio natural admirable
por su aspecto artístico.
3. m. Pintura o dibujo que
representa un paisaje (‖ espacio natural admirable)
Comencemos
por analizar con cierto cuidado la primera acepción. Esta refiere,
estrictamente, un sitio físico que
cumple una condición potencial. Una parte de un territorio que puede ser
observada desde un determinado lugar constituye, con rigor, una cuenca visual.
Un
paisaje, tal como se le vivencia en forma concreta, es algo más que una pura cuenca visual. La conformación efectiva de una
cuenca visual es necesaria, pero de ninguna manera suficiente. Un paisaje se
vivencia concretamente con su percepción
efectiva y no ya sólo con su posibilidad de llegar a volverse visible.
De
este modo, puede señalarse cuatro críticas, en principio:
- El concepto de paisaje no puede reducirse al de un sitio o cuenca visual
- La percepción efectiva es constitutiva del paisaje
- La percepción del paisaje no se reduce, necesariamente, a la visión
- La percepción efectiva del paisaje es llevada a cabo siempre y necesariamente por, al menos, un sujeto, por lo que su presencia y desempeño no puede soslayarse en la definición de paisaje
Y
esto es sólo el principio.
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