Todo territorio habitado se articula fundamentalmente en
torno a la constitución diferencial de ámbitos
y amparos.
Los ámbitos son lugares abiertos a la acción y el
tránsito humano, mientras que los amparos se manifiestan como figuras gestálticas
cerradas que alojan las estancias del hombre. Los estatutos de ámbito y amparo
están dialécticamente engarzados: una calle constituye un ámbito por su
carácter abierto al desplazamiento, pero, a la vez, constituye un amparo con el
acondicionamiento de sus pavimentos y con las figuras de las fachadas que
cierran su configuración vivida. Por otra parte, una sala se constituye
obviamente como amparo en la configuración de sus cerramientos que articulan un
dentro con un afuera con respecto al cielo, a la tierra y al horizonte; a la
vez, avían espacio para la acción y para la disposición de las cosas del vivir
habitando también un ámbito.
La síntesis de la forma de ámbitos y amparos es la
materia primordial de una arquitectura que tenga al habitar como finalidad.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario