El derecho a habitar es el fundamento moral de sus expresiones específicas en el derecho a la ciudad y a la vivienda.
La existencia humana se realiza siempre en lugares, esto es, no es posible desarrollar ningún hecho vital humano desprovisto de una localización espacio-temporal determinada. En virtud de ello, ninguna articulación del espacio —arquitectónica, funcional, económica, social, cultural, jurídica o política— puede ignorar que todos y cada uno de los humanos que coexisten en un hábitat tienen derecho a un lugar adecuado, digno y decoroso. Por ello, el sujeto pasivo del derecho a habitar es la misma sociedad. Este sujeto está obligado moralmente con la construcción de un orden adecuado, digno y decoroso que constituya para todos y cada uno, un lugar habitado.
De allí, que nosotros, miembros de una sociedad que está obligada en este sentido, nos vemos involucrados en tal obligación moral.
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