Aquí
se entiende que el derecho a la vivienda, tal como se concibe y enuncia en la
actualidad, es un emergente particular de la construcción compleja y progresiva
de la consigna ética y política de la vida digna.
Como
emergente, registra apenas un conjunto parcial de los rasgos implicados. En
tanto constituye un emergente particular, la vivienda se ha tematizado, en la
conciencia social, de modo aún insuficiente.
Se
entrevé que acaso estemos sumidos en una circunstancia histórica en donde la
vida digna es apenas una idea situada en el horizonte ético y político y parece
que falta mucho que construir en la práctica y en la conciencia social para que
la dignidad se vuelva un contenido plenamente operativo.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario