Dimensiones del derecho a la morada


Francesco Ballesio (1860- 1923) Odalisca (s/d)

Aparte de la dimensión real y concreta de disponer de amparo, una morada supone más aspectos en la contextura existencial.
En efecto, el derecho a la morada constituye también un derecho a construir signos efectivos de un habitar digno: el derecho a la morada contiene en su seno una dimensión simbólica tan importante como la propia realidad verificable. La morada es tanto la entidad real, así como es el signo de una situación que liga a una condición humana con su emplazamiento tanto físico como social.
Pero esto no es todo. También el derecho a la morada es un derecho a soñar, a imaginar alternativas, variantes y otras modalidades de lo posible. Porque una morada no sólo es una entidad en acto, sino que también es una entidad en potencia, es decir, se corresponde punto por punto con la contextura de proyecto que tiene toda existencia humana.
La morada palpita llena de vida de ambos lados del espejo.

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