Nuestra
Constitución afirma que Todo habitante de
la República tiene derecho a gozar de vivienda decorosa.
Hay
que remarcar aquí el adjetivo: decorosa. El decoro es Nivel mínimo de calidad de vida para que la dignidad de alguien no
sufra menoscabo, según la Real Academia.
También es la Parte de la
arquitectura que enseña a dar a los edificios el aspecto y propiedad que les
corresponde según sus destinos respectivos, según la misma fuente. Toda vez
que nuestra legislación ha suscrito las declaraciones internacionales acerca de
la vivienda, puede entenderse que el decoro completa una tríada de
especificaciones que mencionan también a la adecuación y a la dignidad. El
principio que sustenta la reivindicación de decoro en la vivienda es el de la
libertad humana, la que supone una digna ausencia de constricciones de la pura
necesidad.
Para
ser libres es que tenemos derecho a lugares para habitar decorosos.
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