Ricardo Canino
Lo de tener lugar no es “natural” al
hombre, sino constitucional. Quien tiene lugar es titular de una circunstancia,
señala un aquí y ahora, perturba el ambiente con presencia y población. Es de
humanos, entonces, hacer lugar, producir un acomodo de circunstancias para que
otro sujeto tenga presencia y población en la proximidad. Es de humanos operar
con fronteras abiertas, una vez que hemos abierto un umbral en el mundo al que
sólo a nosotros, según parece, nos es dado trasponer. Es de humanos oscilar, entonces,
en una proximidad que mucho conoce de alianzas y conflictos. Somos esa
sustancia de alianzas y conflictos. El lugar es constituyente, entonces, del
género humano y a ningún humano puede estar vedado el acceso. Antes bien, todo
lugar prodiga, en principio, en umbrales hospitalarios.
Pero sucede a veces que otras voces nos
nublan la memoria y entonces, nos impulsan a cerrar, insensatos, estos
umbrales.

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