Ética del habitar (I)


Antoni Arissa (1900-1980)

La ética consiste esencialmente(...) en un juicio sobre nuestra acción, haciendo la salvedad de que sólo tiene alcance en la medida en que la acción implicada en ella, también entrañe o supuestamente entrañe un juicio, incluso implícito. La presencia del juicio de los dos lados es esencial a la estructura.
Jacques Lacan, 1906

¿Qué tipo de ética es la ética del habitar?
Acaso sea una ética que principia en aplicarse de modo específico al habitar humano como ethos, esto es, como una conducta condicionada por criterios morales. Por ello, la asunción ética del habitar proviene del rechazo radical de toda perspectiva naturalista al respecto, la que se contentaría con examinar una acción tal como parece mostrarse. La conducta habitable debe ser pasible de interpretación ética. Según parece, los criterios morales principales o valores podrían ser la adecuación, la dignidad y el decoro. En esta forma, el imperativo deontológico se formularía como Todo sujeto debe habitar en lugares adecuados, dignos y decorosos. O bien, si se opta por una fórmula eudemonista: Todos aspiramos, racionalmente, a habitar lugares adecuados, dignos y decorosos.
Aún de manera tentativa y conjetural, vamos edificando una ética del habitar. Aunque no nos vendría mal algún aporte de, digamos, Adela Cortina al respecto.

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