El derecho a habitar como emergente de la Teoría del Habitar


Moisés Saman (1974)

La constitución humana como ser situado implica el imperativo ético de habitar bien el mundo, el que, a su vez, implica el derecho humano a habitar. Dado que no nos es posible advenir como seres humanos si no es bajo la especie de ser unos con nuestra circunstancia, los mortales estamos condenados a tener lugar en la situación allí donde existimos. Pero esta condena no se cumple si no es bajo el imperativo de hacerlo bien, esto es, que nuestro habitar del mundo debe componer una buena vida. Y de ello se desprende, necesariamente, que tenemos el derecho cuanto la obligación ética de asegurarnos construir socialmente las condiciones que aseguren, a todos y a cada uno de nuestros semejantes, la paz de habitar lugares adecuados, dignos y decorosos.
Es razonando de esta manera que el derecho a habitar es un emergente ético de la Teoría del Habitar.

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